Otorgarán predio a Poder Judicial del Estado para creación de centro de convivencia familiar temático

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Tijuana, 25 de agosto de 2023.- El XXIV Ayuntamiento de Tijuana, otorgará un predio municipal en comodato al Poder Judicial de Baja California, para la creación de un Centro de Convivencia Familiar Temático. 

La alcaldesa Montserrat Caballero manifestó la importancia de aclarar que para llevar a cabo el importante proyecto en beneficio de los menores tijuanenses, no se comprometen de ninguna manera las áreas verdes del Parque Morelos.

Durante sesión extraordinaria de Cabildo, los ediles votaron a favor de la iniciativa presentada por la alcaldesa de Tijuana, que establece que la posesión del predio bajo la figura de comodato, será por el término de 10 años en favor del Poder Judicial del Estado.

Dicho Centro de Convivencia Familiar Temático, estaría ubicado en el Parque Morelos, en un área de esparcimiento que ayude a fortalecer los vínculos familiares entre niñas, niños y adolescentes con sus padres y madres, en los casos en que se encuentren en un proceso judicial familiar.

Luego de la revisión de las necesidades de dicho centro, encuentran adecuado para llevar a cabo dicho proyecto, que su ubicación sea en la zona Oeste del Parque Morelos, donde se está construyendo un acceso al centro de artes, el cual tendría acceso directo e independiente a una vialidad paralela a la Vía Rápida, y a la vez por la parte posterior tendría acceso a las instalaciones del parque. Dicho predio tiene una superficie de 1 mil 008.80 metros cuadrados.

Los regidores aplaudieron y felicitaron a la munícipe por tan importante acción, ya que de esta manera se privilegia el interés superior de la niñez, tutelando los derechos de los menores a convivir en familia en un ambiente sano y bajo la supervisión de la autoridad correspondiente para garantizar su bienestar.

El predio que se autoriza en comodato deberá ser utilizado única y exclusivamente para el proyecto referenciado y será causa de rescisión del Contrato de Comodato, cuando en un término de dos años, no se inicien los trabajos de construcción correspondientes o que por cualquier motivo se le dé un uso distinto al establecido sin la previa autorización del Ayuntamiento.

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